¿Qué derecho legal tengo al casarme por bienes separados?
Realizada por Monserrat Ruiz. 24 may 2019
Abogado penal
Pronto me casare por bienes separados, pero mi futuro esposo comprará una casa y la pondrá a su nombre, la cual se estará pagando dentro del matrimonio, que por ende yo también aportaría económicamente en esa casa. Si en dado caso de divorcio, ¿qué derecho legal tendría yo? Si esa casa no está a mi nombre y estaremos bajo bienes separados.
Tengo un hijo con él.
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No existe ese -por ende-. Cada uno puede usar el dinero de sus ingresos para adquirir de manera personal y a su nombre cualquier cantidad de bienes. Claro que nada les impide adquirir bienes en común con la participación de ambos, o que uno adquiera algo a nombre del otro, o sea, un regalo, pero con todo y factura. Pero por ende no existe nada supuesto. Lo mejor es que si van a adquirir algo juntos o para ambos, lo pongan a nombre de ambos, y lo que sea individual que quede a nombre de su dueño.
Debes de guardar los comprobantes de pago de los depósitos. Por otra parte, tu hijo queda amparado siempre ante el pago de alimentos. Lo conveniente es que pudieres platicarlo con tu marido y que queden en que sea copropiedad o alguna figura afin.
Buenas noches, a sus comentarios, le señaló que no tendría derecho alguno, que si bien es cierto usted aportará cantidades de dinero para pagar el inmueble que señala. Entonces, le sugiero que sea copropietaria del inmueble a adquirir y así protege sus derechos futuros. Saludos cordiales. Licenciada Juárez.
Si hacer aportaciones, que sean siempre depositos y guardes los comprobantes de pago y les saques copias por si se borran los originales. Para que al final si llegas a divorciarte puedan compensarte lo aportado.