Hola ¿qué tengo que hacer si una persona me demanda por un pagaré de hace 4 años que ya pagué? Nada mas tiene el pagaré y no copia de mi IFE. El papel que me llegó es una fotocopia de un despacho jurídico y fue a casa de mi mamá. ¿Procede el embargo ahí o que tengo que hacer?
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El pagaré tiene una vida ejecutiva de tres años y sí ya le mandaron copia tendriamos que revisar si esta bien llenado o le faltan requisitos de existencia o validez, es una gran ventaja que le hayan andado copia del mismo para ver si ya tiene llenada la fecha de pago o le alterarían. Cuando alguien manda citatorios es porque ya no tiene muchas posibilidades de ganar el asunto es una forma psicológica que se usa para obtener ventaja, si gusta mándeme la foto del pagaré y le daré respuesta definitiva sin costo alguno, tal vez no sea necesario llegar a juicio y se este preocupando demasiado por esa situación-
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Como comenta el colega es necesario entrar a la litis o a la controversia y discutir precisamente que ya se cubrió la cantidad reclamada y comprobarlo con las pruebas que tengas.
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El embargo puede proceder en donde las personas que se encuentren manifiesten que ese es EL DOMICILIO DEL DEUDOR, y si es una labor ardua acreditar que el documento está pagado, si es que no se exigió la devolución del mismo lo mejor es que se asesoré de inmediato. estamos a sus ordenes vía internet para abundar el consejo.
Si cuentas con los recibos de pago, ho hay mas que comprobar dicha liquidacion en caso contrario pueden cobrarlo de nuevo aunque despues de 3 años prescribe la accion se pueden usar artimañas para iniciar un jucio ejecutivo mercantil y embargar bienes para garantizar, estamos a tus ordenes.
Como le indiqué no existe juicio formal, sólo se trata de intimidación extrajudicial, así mismo ha operado prescripción del documento y embargo es muy difícil para ellos ya que no existe auto de exequendum.
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Primeramente saber sí usted cuenta con recibos de pago que usted realizó, después sí el domicilio que señaló en el pagaré es el de su madre y pues como indica aún no existe demanda formal ante juzgado, si no que se trata de intimidación extrajudicial.
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Para el juicio ejecutivo son tres años a partir del vencimiento para ejercer el Juicio Ejecutivo Mercantil. Sería necesario conocer más detalles, como fecha de vencimiento, si tienes comprobantes de pago, pues esta es una excepción válida.
También es importante saber quien te está demandado.
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XXX si ya lo pagaste. únicamente necesitas acreditar el pago al despacho que te está requiriendo el cobro. lo que no entiendo es el por que si ya lo pagaste aún tienen en su poder el documento. pero te repito si ya lo pagaste no le veo mayor problema. unicamente probar que ya se realizo el pago.