¿Qué necesitan para demandarme con el dif y que me quiten a mis hijos?

Realizada por Fernanda. 23 nov 2017 Derecho de familia

Hola soy yo de nuevo.

Mi pregunta ahora es: ¿bajo que cargos me pueden demandar con el dif y que me quiten a mis hijos?

Yo ahorita estoy viviendo en casa de mis suegros y debido a problemas que ya hay aqui yo ya me quiero ir con mis 2 hijos, pero me dicen que me pueden demandar al dif y tomaron fotos de mi cuarto desareglado y dicen que con eso y diciendo que no cuido bien a mis hijos me los pueden quitar.

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Hola buen día
Falso, el DIF no es autoridad para poder quitarle a sus hijos y menos en las circunstancias que señala.
Debe salirse e iniciar el proceso judicial correspondiente.
En FJ Asociados podemos apoyarlos, búsquenos para una mejor asesoría.

F&J Asociados Abogado en Tlalnepantla

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Buenos días, a sus comentarios, le sugiero que demandé la guarda y custodia de sus menores hijos al padre de estos, donde señalará un domicilio en donde usted y los menores estarán. Una ves entrada esa demanda, demandé le al padre de sus hijos una pensión alimenticia, provisional y en su momento la definitiva, para sus menores hijos. Asimismo, el régimen de visitas y convivencias, donde señale como lugar para visitar y convivir, el padre de sus hijos con los menores el Centro de Convivencias Supervisadas del Tribunal Superior de Justicia de esta Ciudad. Esto es con la finalidad de darle seguridad y certeza de que sus hijos estarán bien. En relación al desorden de su cuarto y fotografías, que si pueden ser prueba serán para acreditar que usted vive de arrimada en un lugar, donde no puede asear el mismo, pero le sugiero ser más ordenada para evitar que algún abogado que contraté su pareja o esposo, las utilice para causarle algún mal. Por lo que una vez ingresada la primera demanda de guarda y custodia, usted puede retirarse de ese domicilio, ya que no es el domicilio conyugal, sino que viven arrimados al domicilio de sus suegros.

En relación al DIF, que si bien es cierto es una institución que busca el bien común de la familia y los menores, también es cierto que solo pueden realizar alguna intervención si usted maltrata o agrede gravemente a sus hijos perturbado su salud física, mental e intelectual y sano desarrollo. Demostrandose con pruebas fidedignas y platicas con los menores. Pero una vez que usted inicie su defensa ante Autoridades de lo Familiar frente a Juzgados especializados en esa instancia, la intervención del DIF es menor o nula. Dependiendo el caso. Saludos. Licenciada Juárez.

Juárez & Juárez Asociados Abogado en Cuauhtémoc

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