¿Que pasa Si la persona que me rento donde vivo fallecio?

Realizada por Jose. 30 jul 2020

Hola la señora que me rentó falleció hace poco su hija me dijo que los depósitos del pago mensual se los tenía que ahora dar a ella pero la dueña me comentó que los papeles los había extraviado esto me lo dijo porque tenía yo la intención de comprárselo ahora me pregunto que tan obligado estoy a seguir pagando el alquiler si no existe un contrato de pormedio por la renta del lugar y mucho menos papeles que la acrediten como la heredera ya que la señora no dejo testamento

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Cuando existe un contrato de por medio, una de las razones para su terminación es la muerte de una de las partes, que en este caso, es la persona quien le rentaba a usted la propiedad.
Le recomiendo seguir pagando la renta, no cause problemas ni se meta en problemas.
La hija de la persona fallecida, tiene que realizar el juicio sucesorio testamentario o intestado en su caso para poder adquirir los derechos sobre dicha propiedad.
Si bien, el contrato que mantenía una relación entre ambas partes ya se extinguió, en un futuro será la hija quien por derecho se haga de la propiedad y puede proceder contra usted por estar viviendo en su propiedad sin pagar renta.
Como le comenté, mejor no busque problemas, siga pagando la renta, trate de llegar a un acuerdo con la hija y lleve la fiesta en paz.

Estamos para servirle.

Orlando Juárez & Asociados Abogado en Monterrey

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Es mejor pagar la renta, aún más si sabe que ella es su hija. Perdón por la expresión que voy a utilizar, pero no sé vale ser “tranza”. Si sabe que tiene una obligación cúmplala.

Jurídico Elea Abogado en Azcapotzalco

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BUENAS NOCHES, a sus comentarios le señaló que para evitar problemas de otra índole y como usted se reconoce como arrendatario le aconsejó que deposite las rentas ante la Dirección de Consignación hasta que la supuesta hija acredite ser quien dice ser y le exhiba documento expedido por la autoridad responsable. Asimismo, para protegerse de la supuesta hija, le aconsejo que levante una denuncia penal en contra de la hija por el delito de usurpación de personalidad y las que se le sumen, entre otros. Sin otro particular, espero haber satisfecho sus dudas y comentarios. Saludos Cordiales. Licenciada Juárez.

Juárez & Juárez Asociados Abogado en Cuauhtémoc

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