Tengo una niña de 3 años y mi ex no me permite que vaya a verla, me dice que le de dinero para la comida y ella dice que no me va demandar por la pensión, pero q le de dinero y que si no le doy se va de la ciudad y no sabré más de mi hija. ¿Qué puedo hacer?
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Demandar reglas de convivencia antes un Juzgado Familiar para que el Juez las señale y asi se obligue a cumplirlas.
Le comento que se asesore de un abogado familiar, y lo que procede es solicitarle al juez la convivencia con su hija, para que existe controlo jurisdiccional al respecto.
Debes demandar reglas de convivencias pero igualmente debes empezar a disputarle pensión alimenticia a tu hija ante los juzgados. No sigas esperando a que ella te diga como aportar pensión alimenticia después puedes tener graves problemas penales
SR. Luis David Ríos tiene que ver a una abogado para que este haga una demanda donde solicite la convivencia con su menor hija, desde luego le comento usted debe estar consiente que al hacerlo ella le va a reconvenir el pago de una pensión Alimenticia para su menor hija la cual usted por ley esta obligado a dar pero el beneficio seria que usted tendría el derecho de convivir con su menor hija y que el juez regule la forma de convivencia con esta obligado a su pareja a que permita dicha convivencia a demás de solicitar medidas provisionales como el arraigo para que no se lleve a su hija y usted ya no pueda verla o no sepa donde buscarla.Con este y otros servicios te podemos apoyar en nuestras instalaciones y lo tenemos de promoción para todos los usuarios de Abogacía. Estamos ubicados en Toluca Mexico Saludos PSJ PROFESIONALES EN SERVICIOS JURÍDICOS MÉXICO.
Luis, tu ex pareja no tiene derecho de prohibirte ver a tu hija ya que ambos comparten la patria potestad de la menor. Te recomiendo que primero te pongas al corriente con tus obligaciones de alimentos para que estés en posición de exigir tus derechos y tu ex pareja no vaya a demandar la perdida de la patria potestad.
Hola, lo que debes hacer es solicitar el régimen de convivencia con tu menor, sólo debes recordar que al darte el privilegio de ver a tu hijo, el juez te dará la obligación de velar por su manutención, es decir deberás pagar una pensión, misma que será decretada según tus ingresos, lo importante que debes saber es que tú en la demanda podrás proponer cuánto dar ¿ok? A parte el derecho de convivir con los hijos no es de los padres, sino que es derecho de los hijos ¿ok? Saludos.
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respecto a tu situación te comento lo siguiente, el pago de pensión alimenticia es deacuerdo a la voluntad d elos interesados o mediante orden judicial, ahora bien puede usted solicitar la intervencion de un juez de lo familiar el cual determinara quien debe poseer la guardia y custodia de la menor en cuestión ademas del regimen de visitas y convivencia ue tendra con el otro padre qu eno posea la guardia y custodia, con gusto te apoyamos y asesoramos.
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Qué tal necesito saber en que estado de la República vives para darte una asesoria mas completa, de primera mano se debe tramitar un juicio para que un Juez decrete las convivencias con tu hijo de manera provisional y en su momento definitivas, las convivencias de los menores con sus padres son un derecho fundamental de los niños incluso el hecho de que uno de los padres no permita la convivencia con el otro es causa suficiente para que pierda la patria potestad
Te recuerdo que quedamos a tus ordenes ya que somos especialistas en tramitar juicios en materia familiar
Saludos
Buenas Tardes Luis, si la menor está registrada como tu hija en el registro civil, lo que tienes que hacer es demandarle la convivencia a su madre, ya que ese es un derecho que tienes, al igual que la menor tiene derecho a convivir contigo, el cual no está condicionado al pago de alimento, pero por otro lado así como tienes derechos tienes obligaciones como lo es, el pago de una pensión alimenticia para la menor, lo cual al no hacerlo te trae consecuencias como puede ser la perdida de la patria potestad, ojo esto no implica tampoco que pierdas el derecho a convivir. Saludos.
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Buenas Tardes Luis, si la menor está registrada como tu hija en el registro civil, lo que tienes que hacer es demandarle la convivencia a su madre, ya que ese es un derecho que tienes, al igual que la menor tiene derecho a convivir contigo, el cual no está condicionado al pago de alimento, pero por otro lado así como tienes derechos tienes obligaciones como lo es, el pago de una pensión alimenticia para la menor, lo cual al no hacerlo te trae consecuencias como puede ser la perdida de la patria potestad, ojo esto no implica tampoco que pierdas el derecho a convivir.
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Estimado Luis, tienes derecho a la convivencia con tu hija y si ella vive con la madre también debes proporcionarle alimentos, pero eso no tiene porque ser usado como un modo de chantaje por parte de tu esposa. En todo caso puedes reclamar esa convivencia por la vía judicial.
¿Ya están divorciados? ¿Hubo convenio en el divorcio? ¿Qué clase de convenio pactaron respecto de las visitas y pensión para tu hija?, si no estas divorciado aún habría que promoverlo y en el convenio señalar visitas y pensión; nos ponemos a tus órdenes para asesorarte.
Primeramente me gustaría saber si ya se encuentra divorciado, si es que ya lo está, saber si hubo algún convenio en el divorcio respecto de las visitas y la pensión, nos ponemos a sus órdenes para asesorarle en el DF y Edo Mex.