¿Qué requisitos se necesitan para armas de fuego?

Realizada por O.R.. 10 feb 2015

Quiero poseer armas de fuego en mi hogar. ¿Qué requisitos se necesitan?. quiero proteger a mi familia.

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Al respecto cabe señalar que es derecho de todo mexicano poseer armas en su domicilio para su seguridad y legítima defensa, sin embargo, actualmente uno de los pocos medios para adquirir un arma de fuego legalmente es a través de la Dirección de Comercialización de Armas y Municiones de la SEDENA, lugar en la que también se realiza el registro de la misma. El procedimiento inicia con la solicitud de un permiso para la adquisición la cual deberá ser acompañada de manera ordinaria con fotocopia de la cartilla del S.M.N. liberada, original de Carta de Trabajo especificando puesto, antigüedad y percepciones, original de Carta de no Antecedentes Penales, expedido por la Autoridad Estatal Competente del lugar donde resida, que tenga como máximo 6 meses, fotocopia del comprobante de Domicilio actual y a su nombre, fotocopia de Identificación con fotografía actual y legible y fotocopia del Acta de Nacimiento. Una vez otorgado el permiso para el arma o armas seleccionadas, se presenta a la DCAM por su arma previo pago de los derechos del registro ($41). Nosotros podemos asesorarle sin costo alguno los pormenores del trámite.

Axios Consultoría Y Litigio Abogado en Iztacalco

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Si va a adquirir el arma en la Secretaría de la Defensa Nacional, lo que es más recomendable porque se adquieren armas nuevas, debidamente registradas para protección de hogar,

•Fotocopia de la cartilla del S.M.N., liberada o acta de nacimiento certificada por la oficina del registro civil, si son mayores de 40 años; para personal femenino, acta de nacimiento certificada por la oficina del registro civil. En caso de extranjeros, documentación que acredite su legal estancia en el país (FM2).

•Carta de trabajo, especificando: puesto, antigüedad y percepciones. Documento original y actual.

•Carta de antecedentes no penales, expedido por la Procuraduría General de Justicia del Estado donde resida (se aceptara el documento que tenga como máximo seis meses de expedición, a la fecha en que presente la solicitud).

•Copia del comprobante de domicilio (boleta de pago de predio, recibo de agua, luz o teléfono) actual.

•Fotocopia de identificación con fotografía (credencial de elector, licencia de conducir, pasaporte) actual y legible.

•En caso de que las armas sean solicitadas para tiro o cacería deberá anexar fotocopia de la credencial del club cinegético al que pertenece, indicando día, mes y año del inicio y término de la vigencia.

•Fotocopia del acta de nacimiento. (Nombre (s) y apellidos deberán coincidir con todos los demás documentos).

•Fotocopia de la Clave Única de Registro de Población (CURP).

Adquisición de cartuchos.

•Fotocopia del registro del arma.

•Fotocopia de la cartilla del S.M.N. liberada o acta de nacimiento certificada por la oficina del registro civil, si son mayores de 40 años; para personal femenino, acta de nacimiento certificada por la oficina del registro civil. En caso de extranjeros, documentación que acredite su legal estancia en el país (FM2).

•Copia del comprobante de domicilio (boleta de pago de predio, recibo de agua, luz o teléfono) actual.

•Fotocopia de identificación con fotografía (credencial de elector, licencia de conducir, pasaporte) actual y legible.

•Fotocopia del acta de nacimiento, (Nombre (s) y apellidos deberán coincidir con todos los demás documentos).

•Fotocopia de la Clave Única de Registro de Población (CURP).

•En caso de que los cartuchos sean solicitados para tiro o cacería deberá anexar fotocopia de la credencial del club cinegético al que pertenece, indicando día, mes y año del inicio y término de la vigencia.

En lo personal tengo varias armas registradas, y he realizado el trámite de adquisición y registro sin ninguna complicación, Saludos

Juárez Villa y Asociados, SC Abogado en San Luis Potosí

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Es un derecho constitucional, solo necesitas tu acta de nacimiento, curp, comprobante de domicilio, un pago de derechos de aproximadamente $115 pesos y que el arma corta o larga, no sea de las exclusivas del ejército y fuerza aérea, esto es para el registro y poseerla en tu domicilio como informas, si quieres transportarla a otros lugares, si tendrás que inscribirte en un campo de tiro para solicitar un traslado, es requisito llevar el arma de fuego a la zona militar.

Abogados Leos & Mata, Servicios Legales Abogado en San Nicolás de los Garza

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visita la pagina de la SEDENA, ahí podrás observar a detalle todos los requisitos.

Soluciones Jurídicas Lic. Víctor Carrillo Estrada Abogado en Cuauhtémoc

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