Quiero cambiar el régimen conyugal
Estoy casado por bienes separados y quiero cambiar a bienes mancomunados, cuánto cuesta y cuánto tarda
Estoy casado por bienes separados y quiero cambiar a bienes mancomunados, cuánto cuesta y cuánto tarda
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Hola que tal.
Claro que se puede cambiar, primero hay que liquidar la sociedad conyugal, lo mejor es hacerlo en jurisdiccion voluntaria o ante un notario, luego promover nuevamente una jurisdiccion voluntaria solicitando el cambio de regimen matrimonial, esa resolucion notificar al encargado del registro civil para que realice dicho cambio. Lo honorarios varian de abogado en abogado pienso que entre diez mil y veinte mil.
Saludos.
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El costo es variable, es recomendable que asista a una asesoría presencial para que aporte más detalles respecto a su caso y de esa manera estar en posibilidades de ofrecerle un costo preciso, respecto al tiempo depende del lugar en qué usted esté habitando porque los juzgados no están laborando en todas las entidades.
Para mayor información seguimos a sus órdenes
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Se tiene que hacer ante el juez y el costo es variable de acuerdo al estado en que se encuentre, con gusto lo apoyo me.encuentro a sus ordenes en Merida, yucatan
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BUENAS NOCHES, a sus comentarios le señaló que primero debe de realizar una Jurisdicción Voluntaria para declarar los bienes que se hayan creado dentro de su matrimonio civil, una vez obtenida la sentencia definitiva. De nueva cuenta, deberá de formular una Jurisdicción Voluntaria, donde por mutuo acuerdo deseen cambiar el régimen patrimonial de su matrimonio civil a Sociedad Conyugal, agotar el trámite y cuando se obtenga dicha resolución deberá solicitar se giré atento Oficio de Estilo al Juez del registro Civil para realizar la inscripción de su régimen patrimonial. Su duración depende de la carga de trabajo da cada juzgado, regularmente suele tardese aproximadamente de 3 meses y tiene un costo, el cual también depende de cada abogado, el cual oscila su costo entre diez mil a veinte mil pesos, más gastos y derechos de ley.
Sin otro particular, espero haber satisfecho sus dudas y comentarios. Licenciada Juárez.
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Muy buenas noches
Es un procedimiento que se realiza en una jurisdicción voluntaria y al obtener la resolución de la misma se notifica a la Dirección de Registro Civil quien realiza la modificación solicitada, el tiempo es variado dependiendo el lugar donde se lleve a cabo.
"Olguin & Osornio", queda a sus ordenes en el Estado de Querétaro.
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