Hola me gustaría renunciar ya que llevo casi dos años laborando y se niegan a subir mi sueldo y el ambiente laboral se ha vuelto deprimente. Ingrese a trabajar el 2 de Septiembre del 2014 y pienso renunciar al cumplir los dos años. Me podrían ayudar al calcular lo que me corresponde.
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Cuando se renuncia sin ninguna causa, no tienen por qué darte nada más que lo que tengan retenido en ese momento, es decir: Los días que lleves trabajado previo a tu renuncia, lo que lleves ganado de aguinaldo y los días que lleves ganado de vacaciones; PERO, si tu renuncia es por las presiones de trabajo, el acoso, a que te pretendían o variaron arbitrariamente las condiciones laborales en lo más mínimo, (Horario, Puesto, Plaza, funciones, obligaciones obligar a tiempo extra, y sobre todo te hacen cualquier rebaja de sueldo, disfrazado de cualquier pretexto) o simplemente porque las condiciones laborales, (Incluyendo la relaciones con patrón supervisores u otros compañeros, hostilidad agresividad, etc.) no son las más optimas, adecuadas seguras o simplemente no estas a gusto, y estas razones son las que te orillaron a pensar en renunciar o que te hicieron renunciar, esta renuncia es ilegal, tienes derecho a la indemnización de ley incluyendo tres meses de sueldo, catorce días por cada año laborado y a que te paguen durante el Juicio. Garantizado. Desde que cumpliste un mes trabajando, si te despiden, tienes el derecho de recibir, indemnización de noventa días de salario, catorce días por año laborado, tus aportaciones al imss afore e infonavit, completas y al corriente desde que iniciaste a trabajar hasta la semana del despido, tu reparto de utilidades de los dos últimos años, tu aguinaldo completo, lo que lleves ganado de días de vacaciones desde la última vez que las tomaste más el veinticinco por ciento de esta cantidad como prima vacacional, todas las prestaciones extras que de tu empresa, como vales, premios, ayuda de útiles etc. tu caja de ahorro integra (Y si el patrón te aportaba algo NO PUEDE RETIRARTELO). Además, si tienes la necesidad de demandarlo tienes el derecho de que te siga pagando hasta que se soluciones el conflicto y te des por pagada ante la junta y le firmes el desistimiento de la demanda.
Buenos días Leticia, en caso de renuncia únicamente tendrás derecho a que te paguen las prestaciones irrenunciables (aguinaldo proporcional a lo trabajado en el 2016, vacaciones adeudadas y prima vacacional), sin importar el tiempo que tengas trabajando para la empresa. Para poderte asesorar mejor respecto a que cantidad te correspondería necesitamos conocer tu último sueldo. Si estás en la ciudad de Aguascaientes, con gusto podemos aseosrarte de manera persona.
Leticia. en una renuncia voluntaria no alcanzas más que las partes proporcionales a tu sueldo tales como aguinaldo, vacaciones, etc. por si tienes la idea de que alcanzas algún finiquito. te repito en la renuncia voluntaria no lo hay. púes no existe en este caso responsabilidad alguna para el patrón. por lo que comentas si tu deseo es renunciar. vas a perder tu antiguedad