Quiero saber mis derechos en unión libre y si me separo también

Realizada por ileana. 27 oct 2014

Vivo con mi pareja desde 2007, desde entonces no trabajo, tenemos una hija de 5 años. Quiero saber cuáles son mis derechos sobre mi hija si me llego a separar, mi pareja me ha comentado en ocasiones que si lo dejo también le deje a la niña y si no lo hago me la quitará y alardea que él es el que gana el dinero y por tal motivo tiene las de ganar.


Tengo sospechas que me engaña y quiero actuar sin miedo ante esto. ¿También depende del estado de la república?

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¿El matrimonio y el concubinato son considerados por el Código Civil para el Distrito Federal como iguales?

Artículo 291 ter. Regirán al concubinato todos los derechos y obligaciones inherentes a la familia, en lo que le fueren aplicables.Es decir, tanto el matrimonio como el concubinato se regirán bajo las mismas normas y procedimientos en un juicio y que las esposas y las concubinas tiene el mismo derecho de recibir alimentos, pedir pensión alimenticia, pensión por viudez, partición de bienes de la sociedad concubinal o conyugal y derechos sucesorios y que por obvias razones los hijos de las concubinas y las esposas de igual forma tienen los mismos derechos.

Artículo 291 quater. El concubinato genera entre los concubinos derechos alimentarios y sucesorios, independientemente de los demás derechos y obligaciones reconocidos en este Código o en otras leyes. Así que ya lo sabes, tanto la esposa como la concubina y los hijos de éstas, son considerados por la ley como iguales no hay ninguna diferencia, ante lo cual te corresponde el derecho de solicitar alimentos para tus hijos e inclusive para ti por un tiempo igual al que haya durado el matrimonio o el concubinato, has valer el derecho de tus hijos a recibir una pensión alimenticia, ¿qué esperas?

Abogados mx Ciudad de México Abogado en Tlalpan

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Buen día, en efecto, según el estado en que se encuentre cambian un poco las leyes, pero en definitiva NO puede quitarle a su hija con la sola manifestación que él tiene la capacidad económica para mantenerla, el juez de lo familiar revisa muchísimas cosas más para determinar a quién le concede la custodia y a quién las visitas; opino que lo más rápido que pueda promueva dicho juicio para la custodia de la hija. Si gusta acercarse a la firma, tenemos el despacho en Puebla pero atendemos en toda la república, comuníquese al WhatsApp 221 220 7529, donde se le podrá orientar con mayor tiempo sobre su situación.

Millán y Asociados Abogado en Puebla de Zaragoza

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Los derechos son muchos, también depende de si usted procreo hijos con su pareja o no.

Lobato & Asociados Abogado en Acapulco

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A través de un procedimiento de jurisdicción voluntaria, podemos acreditar el concubinato, una vez comprobado éste, usted adquiere los mismos derechos de un esposo.

Le informamos que tenemos oficinas tanto en la Ciudad de México, como en el Estado de México, en donde con todo gusto podemos atenderle.

Vallejo, Parra y Reynoso Abogados, S.C. Abogado en Tlalnepantla

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si tiene mas de 5 años en union libre con el, ya tiene los derechos de una esposa. No se angustie.

Luda Abogados Abogado en Ensenada

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Su pareja no está en posición de quitarle a su hija ya que ambos comparten la patria potestad de la menor. A los 5 años de vivir con su pareja se adquieren los derechos de concubinato. En concubinato puede acreditarse facilmente via legal.

Deux Abogados Abogado en Tijuana

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Usted tiene los mismos derechos de una esposa, si usted bajo protesta de verdad manifiesta que desconoce si su pareja está casado anteriormente usted tiene el derecho preferente de ejercer la custodia de la menor y el 50% de los bienes adquiridos durante los años que ha durado su concubinato a pesar de que alegue su esposo que el trabaja y usted cuida la casa, supuesto que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya ha resuelto que esa es una decisión que tomaron ambos, y que ayudo en la misma forma y proporción a forjar el patrimonio común, uno se dedicó a trabajar gracias al apoyo que el otro brindó siempre en el hogar, acción mas loable y que requeriría de otorgar mas derechos aún pero la suprema corte de justicia los dejo equitativo para que algunos no nos sintamos discriminados.

Amparo y Derecho Administrativo en GDL Abogado en Tlaquepaque

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Siempre y cuando los dos estén libres de matrimonio, tienes derechos como concubina.

Si es el caso que los dos estén libres de matrimonio procede una jurisdicción voluntaria para acreditar el concubinato.

Lic. Mayra Marina Alejandro Ochoa Abogado en Reynosa

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No influye absolutamente nada si usted está casada o no, en relación a los derechos que usted tenga sobre su hija, ya que el hecho de que no hubiesen contraído matrimonio, no es motivo suficiente para que el padre de la menor manifieste que por ello se la va a quitar. Usted está en todo su derecho de separarse si así lo desea, así como incluso, embargarle por concepto de pensión alimenticia para ella y ya le corresponderá a él solicitar la convivencia con la menor.

Lic. Claudia Helen Arcos Zúñiga Abogado en Reynosa

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Mediante un juicio de jurisdicción voluntaria podemos acreditar el concubinato, pues una vez comprobado tal situación usted adquiere los mismos derechos de un esposo, contáctenos y le asesoraremos mas a fondo.

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El concubinato (unión libre) es un estado de hecho no de derecho, es decir no engendra derechos como el matrimonio, sin embargo el derecho a los alimentos de usted lo tiene y puede embargarlo y también por su niña; la cual no puede quitársela sólo merece sobre el cuidado para ella, y no sea motivo de pelearle la custodia, si se separan no pasa nada por que no existe obligación de estar juntos, recuerde que si la amenaza o golpea denúncielo inmediatamente no importa si no esta casada es violencia intrafamiliar, no importa que parte de la república sea , siempre existe un ministerio público de protección a la familia, el concubinato no engendra derecho sobre propiedades pero a su hija si, asesórese con nosotros o un abogado familiar de su localidad. Saludos.

Análisis Y Soluciones Jurídica Abogado en Ciudad Madero

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Aunque no estén casados si tienen un hijo en común con ello es suficiente para que él como padre está obligado a dar alimentos e incluso a usted también si no trabaja pero se ha dedicado al hogar y a cuidar a su hijo. La patria potestad la comparten ambos por ministerio de ley, es decir por el sólo hecho de haber registrado a su hijo siendo los padres ambos.

Efectivamente algunas cuestiones pudieran variar dependiendo de las leyes del Estado en que usted resida. Cualquier otra duda quedamos a sus órdenes.

Cortés y Asociados Abogado en Naucalpan de Juárez

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En unión libre, una vez que hay hijos o que transcurre el tiempo que marca la Ley, se adquieren derechos y obligaciones similares al matrimonio, por lo que no es cierto lo que le dice su pareja, y en caso de que se quiera separar, puede hacerlo sin ningún temor, ya que la custodia de los hijo simple se la dan preferentemente a las madres. Estamos a sus órdenes.

Gracias.

Servicios De Consultoría Jurídica Especializada Abogado en Irapuato

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