Reconocí a mi hijo voluntariamente y de buena fe, pero ahora las cosas estan fuera de control, ya que la madre del niño me quiere demandar, siento que me tendió una trampa. El niño tiene 8 años y tiene como 2 meses que apenas le puse mi apellido, ya que el niño sufría maltrato por parte del marido de su madre.
Ella prometió no demandar siempre y cuando yo haga las cosas bien, pero me pide cantidades de dinero exorbitantes.
Quisiera saber que me asesoraran, ¿Puedo cancelar o negar los apellidos del niño?
¿Puedo auto demandarme por pensión alimenticia?
¿Si es que la pension procede cuanto es lo que tendría que dar al mes si mi sueldo es de $9,000.00 MXN (mensuales), toman en cuenta, ¿qué estoy hasta el cuello de deudas?
¿El dinero que yo doy hacia pension alimenticia en que se distribuye de gastos o en que lo puede gastar?
¿Cómo se calcula la pension alimenticia?
Agradezco sus comentarios y su apreciable ayuda.
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Le corresponde un estimado de un veinte a un veinticinco porciento del total de sus ingresos, antes de sus descuentos, osea que de lo que le quede despues del descuento de pension, de ahi le realizaran los demas descuentos de deudas de instituciones financieras.
Tienes que dar de acuerdo a tus posibilidades y las necesidades de quien lo recibe, lo mejor seria que consignaras un 15% de tus ingresos en el tribunal para que no tengas problemas después y puedas comprobar el cumplimiento.
1.- No, no puedes cancelar el reconocimiento puesto que ese fue un acto voluntario.
2.- Auto demandarte por pensión: tendría que hacerlo otro acreedor alimentario que tengas (otro hijo, o si tienes esposa ella podría)
3.- El monto de la pensión se determina hasta sentencia, pero aproximadamente serían $2,700. (tendrías que acreditar en juicio todos tus gastos para tratar que baje el monto)
Si te demanda pensiones atrasadas, solamente aplica desde el reconocimiento:
4.- El dinero que das es para los gastos del niño, e incluyen comida, vestido, calzado, educación, habitación, recreación y salud (en su momento podrías solicitar una comprobación de como se esta distribuyendo la pensión)
5.- Se calcula en base a las necesidades del niño, y a tus posibilidades.
No hay que hacer caso de promesas de no demandar a cambio de portarse bien.
Siempre hay que portarse bien voluntariamente como persona responsable,
y una madre está obligada a reclamar al padre los alimentos de sus hijos incondicionalmente.
Y siempre será más conveniente dejar que el juez familiar determine el monto de la pensión alimenticia, porque la madre siempre querrá recibir algo más sin importar cuanto sea.
¿Puedo cancelar o negar los apellidos del niño?
No, a menos que quiera demostrar que no es su hijo con la prueba correspondiente.
¿Puedo auto demandarme por pensión alimenticia?
Eso no existe, pueden demandarlo otras personas que tengan algún derecho para hacerlo.
¿Si es que la pensión procede, cuánto es lo que tendría que dar al mes si mi sueldo es de $9,000.00 MXN (mensuales), tomando en cuenta qué estoy hasta el cuello de deudas?
La determinación la toma el juez familiar y eso es lo más conveniente. Podría ser alrededor de entre un 15% y un 30% de su ingreso después de descontar impuestos y afore, sin considerar cuantas deudas tenga porque las deudas son decisiones personales. O podría ser un poco más mientras la pensión sea provisional.
¿El dinero que yo doy hacia pensión alimenticia en que se distribuye de gastos o en que lo puede gastar?
Lo pueden gastar en cualquier cosa que se les antoje. Se da de buena fe y solo se puede reclamar en casos realmente extremos donde esté en riesgo la salud o estabilidad de los menores.
¿Cómo se calcula la pension alimenticia?
A través de los criterios jurídicos del juez familiar. Para lo cual conviene aportar todas las pruebas que le ayuden a tomar en cuenta lo que usted crea importante, como por ejemplo, cuantos hijos más tiene usted en circunstancias de necesitar alimentos.
Buenas tardes:
Contestando sus preguntas en orden le comento:
Puede promover una nulidad del reconocimiento de paternidad. Se debe de demostrar que fue engañado y que Usted no es el padre biológico del menor.
No se ´puede autodemandar por pensión alimenticia.
No existe un atabla que determine las cantidades o porcentajes a pagar en una pensión alimenticia. Se establece en base a la posibilidad de pago de Usted, y a a necesidad del menor.
La pensión incluye alimentos, ropa, educación, esparcimiento, servicios médicos, útiles escolares, colegiaturas, etc.
Se calcula en base a la posibilidad de pago de Usted y a la necesidad del menor.
Quedo a sus órdenes.