Renuncia del artículo 973 en compraventa de inmueble compartido

Realizada por wendy campos. 12 dic 2018 Asesoría jurídica

Cuando en una compraventa de un inmueble que posee 4 propietarios a partes iguales, uno de los copropietarios vende su parte y se argumenta la renuncia al articulo 973, ¿se refiere a solo la parte de la persona que vende o a las partes de todos los copropietarios? Al momento de la redacción del contrato se debe especificar que se renuncia al artículo, ¿únicamente de la parte del copropietario que vende o se puede expresar de forma general? Al renunciar al articulo 973 de la compra de una parte de un inmueble y una vez que el nuevo copropietario tome posesión de la compra, se renueva el derecho al artículo 973, pero, ¿ahora con el nuevo copropietario?

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

¿de que estado del pais? para dar asesoria completa se necesita el estado donde esta el problema

Valdes y Asociados Abogado en Ecatepec

80 respuestas

45 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

En vista de que no aclara usted a cual artículo 973, de cual Ley se refiere. Por lo tanto desconociendo cual sea el contenido del referido artículo, no queda más remedio que aplicar el simple sentido común y la lógica más elemental. Entonces yo diría que para que en una negociación participe el titular de un derecho u obligación en la toma de una decisión, en la cual modifica las circunstancias de dicho derecho u obligación, tiene necesariamente que firmar de su puño y letra el contrato en el cual se manifiesten tales decisiones. Si existen varios titulares que comparten derechos y/o obligaciones, el que no firme el contrato se entiende que no está participando de él, a menos que la ley sea muy específica en obligarlo bajo ciertas circunstancias, o la disposición de un juez lo esté haciendo.

Asesores Lechuga Quijano Abogado en Cuautitlán Izcalli

2046 respuestas

8304 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Asesoría jurídica

Ver más abogados especializados en Asesoría jurídica

Explica tu caso a nuestros abogados

Realiza tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

Esta consulta ya existe

Por favor, utiliza el buscador para conocer la respuesta

abogados 6250

abogados

preguntas 41150

preguntas

respuestas 72600

respuestas