Renuncié voluntariamente ¿cuánto me toca?

Realizada por Norma. 12 mar 2016 Abogado laboral

Mi pago era semanal con un salario diario de $90 me deben 4 días de vacaciones y 5 días por pagar, a parte de la última semana trabajada me retuvieron mi pago el tiempo en la empresa que labore fue 2 años 3 meses y 15 días, ¿también me corresponde que me paguen prima de antigüedad?

¿A cuánto asciende mi finiquito?

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Cuando se renuncia sin ninguna causa, no tienen por qué darte nada más que lo que tengan retenido en ese momento, es decir: Los días que lleves trabajado previo a tu renuncia, lo que lleves ganado de aguinaldo y los días que lleves ganado de vacaciones; PERO, si tu renuncia es por las presiones de trabajo, el acoso, a que te pretendían o variaron arbitrariamente las condiciones laborales en lo más mínimo, (Horario, Puesto, Plaza, funciones, obligaciones obligar a tiempo extra, y sobre todo te hacen cualquier rebaja de sueldo, disfrazado de cualquier pretexto) o simplemente porque las condiciones laborales, (Incluyendo la relaciones con patrón supervisores u otros compañeros, hostilidad agresividad, etc.) no son las más optimas, adecuadas seguras o simplemente no estas a gusto, y estas razones son las que te orillaron a pensar en renunciar o que te hicieron renunciar, esta renuncia es ilegal, tienes derecho a la indemnización de ley incluyendo tres meses de sueldo, catorce días por cada año laborado y a que te paguen durante el Juicio. Garantizado. Desde que cumpliste un mes trabajando, si te despiden, tienes el derecho de recibir, indemnización de noventa días de salario, catorce días por año laborado, tus aportaciones al imss afore e infonavit, completas y al corriente desde que iniciaste a trabajar hasta la semana del despido, tu reparto de utilidades de los dos últimos años, tu aguinaldo completo, lo que lleves ganado de días de vacaciones desde la última vez que las tomaste más el veinticinco por ciento de esta cantidad como prima vacacional, todas las prestaciones extras que de tu empresa, como vales, premios, ayuda de útiles etc. tu caja de ahorro integra (Y si el patrón te aportaba algo NO PUEDE RETIRARTELO). Además, si tienes la necesidad de demandarlo tienes el derecho de que te siga pagando hasta que se soluciones el conflicto y te des por pagada ante la junta y le firmes el desistimiento de la demanda.

Amparo y Derecho Administrativo en GDL Abogado en Tlaquepaque

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Buenos días Norma, en caso de renuncia voluntaria solamente tienes derecho a que se te paguen las prestaciones irrenunciables proporcionales al tiempo laborado, y los salarios que tengas pendientes. Haciendo un cálculo rápido te desgloso lo que te podría corresponder:
- Por tu semana trabajada: $630.00
- Por los 5 días que mencionas se te adeudan: $450.00
- Por los 4 días de vacaciones: $360.00 (más $90.00 por prima vacacional)
- Y $281.25 por aguinaldo proporcional de lo que trabajaste este año.

Puede que de la cantidad total haya que hacer retención de impuestos.

No tienes derecho a que te paguen prima de antigüedad, pues señala la Ley Federal del Trabajo que ésta le toca solamente a quienes renuncian después de 15 años trabajados.

Saludos,

GP Despacho Jurídico Laboral Abogado en Aguascalientes

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Norma. en una renuncia voluntaria no existe finiquito. púes no hay responsabilidad para el patrón. para que tengas derecho a la prima de antigüedad se necesita haber trabajado mínimo quince años. en tu caso únicamente te deben de pagar las partes proporcionales a tu salario. tales como aguinaldo, vacaciones, etc.

Lic. Jesús Alberto Cavazos Rosas Abogado en Santiago (Nuevo León)

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