Mi padre abandonó a mi mama en Febrero, ella preguntó y fue a Derechos Humanos para saber que hacer. Ahí le explicaron que no había nada que hacer, si no volvía en 6 meses, ella podría demandarlo por abandono de hogar. Mi padre murió en Septiembre de ese año. ¿Puede mi madre todavía demandarlo?
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Ahora sí no cabe ninguna duda de que ya los abandonó.
Hay que demandar su sucesión.
Hola que tal, lo que corresponderia en este caso es denunciar la Sucesión Intestamentaria o bien Testamentaria segun sea el caso, esto con el fin de que los bienes a nombre de tu papa pasen a nombre de tu mama e hijos así como los derechos que haya dejado tu padre.
Buenas noches, a sus comentarios, le señaló que NO debe de presentar su mamá la demanda de Abandono de Hogar, habida cuenta que su señor padre ya falleció, pero en su lugar lo que debe de hacer su señora madre es abrir la Sucesión In testamentaria para que le reconozcan sus derechos gananciales por haber estado casada con su señor padre o en su defecto, si fuera por unión libre o concubinato, solicité una indemnización por el tiempo de haber permanecido unidos. En relación a ustedes como hijos, se les reconocerán sus derechos hereditarios sobre los bienes que haya hecho en vida su señor padre. Saludos cordiales. Licenciada Juárez.