Me demandaron pensión alimenticia y se le otorgó el 15% de mi salario.
Algunos articulos que ustedes mencionan es que la pensión incluye (hogar, educación y salud).
Es obligación integrarla al seguro médico, llámese IMSS o ISSSTE. ¿Podría manejarlo de manera privada cada caso de enfermedad que se presente?¿ O los costos médicos como dicen los artículos correrían un 50 50 de ambos padres?
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Si exacto, comprende salud tambien, y el porcentaje lo fija el juez, en la ley no viene porcentaje, depende de las necesidades del acreedor y las posibilidades del deudor.
Los gastos corren por mitad pues es hij@ de ambos. Sugiero esperar para incorporar al seguro aunque, si tiene seguro, lo lógico seria que lo incorporara.
Alberto. no son articulos que mencionamos. lo que el codigo civil nos dice es que el porcentaje de pensión alimenticia que resuelve el juez es la que se debe de cumplir