¿A que estaría obligado legalmente?
Tenemos una hija de 6 años, ella tiene un crédito FOVISSTE - Banco que solo yo he pagado por casi 7 años, ella tiene empleo con licencia sin goce de sueldo en la SEP que ha estado extendiendo a partir que obtuvo el crédito de la casa; yo solo tengo un auto a mi nombre y trabajo independiente desde 2011 (dado de alta en SAT).
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Hola que tal.
Ambos si pueden comprobar que no tienen necesidad de pedir el derecho a los alimentos porque tienen la posibilidad o mas bien la capacidad para allegarselos propiamente hablando, entonces lo mas seguro es que no ha lugar a repartir nada, quizas si usted pelea por la casa de FOVISSTE, comprobando los pagos en su nombre hacia dicho inmueble es posible solicitar una compensacion de dicho inmueble... aunque no lo recomendaria, lo mejor es separarse sin demandarse nada para no estarse acabando uno al otro y dejar la fiesta en paz.
Buenas tardes, usd está obligado a pagar pensión alimenticia de su hija conforme a sus posibilidades económicas y las necesidades de la menor. Por lo que se refiere a su concubina no estaría obligado a pagar pensión alimenticia en virtud de que cuenta con un empleo que le permite satisfacer sus necesidades.
buenas noches estimado,ella tiene derecho a la pension alimenticia,por el menor,usualmente el juez familair la dicta entre 30 y 40 por ciento de tu salario,sin embargo con una adecuada defensa juridica,puedes argumentar en un momento dado que ella te de pension alimenticia a ti,los concubinos tienen los mismos derechos que los esposos,quedamos a tus ordenes en monterrey,saludos.
Estaría Obligado a proporcionar alimentos a su Hija, y excepcionalmente dar una pensión compensatoria a la madre de su hija, que en derecho se le llama Concubina.
Eduardo, buenos días, estrictamente ambos están obligados a aportar para las necesidades de los menos; pero en la situación que usted plantea, le comento que debe ser de acuerdo a las posibilidades, sin usted esta pagando él crédito hipotecario y ellos lo están disfrutando eso es favorable a usted, eso se puede considerar como cumplimiento de las obligaciones de su parte.
Buen día
Por lo que comenta no ha lugar a tener alguna tipo de obligación legal en caso de una separación, por lo que lo mejor en caso que ya no funcionen las cosas seria la separación y platicando de la mejor manera posible para terminar en buenos términos