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Las convivencias son un derecho de los menores, entonces si es posible que él demande un régimen de convivencias, pero ahí mismo usted puede reclamar una pensión a favor de su hijo. Con gusto podemos ayudarla.
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4 respuestas
Si son acciones diferentes, pero puedes obligarlo a que le de alimentos por vía civil o penal.
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Te sugiero que no le permitas las visitas, ello dará pié a que él promueva un juicio para fijar las reglas de convivencia con la menor, entonces ahí puedes aprovechar para manifestar al Juez que NO se encuentra al corriente en el pago de la pensión alimenticia y desde cuándo que no lo hace.
Ahora bien, una opción más sana, es que promuevas Juicio Sumario civil sobre alimentos a fin de que se le embargue un porcentaje de su sueldo, por concepto de pensión alimenticia.
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El derecho de solicitar alimentos y el derecho de demandar un régimen de visitas y convivencias es independiente. Le comento, si no existe algún juicio, usted no está obligada a permitirle ver a sus hijos. Motivo por el cual el padre se verá obligado a demandar el régimen de visitas ante un juez familiar, ahora bien. El pago de la pensión alimenticia usted lo puede demandar independientemente de que el tenga derecho o no a ver a sus hijos. Aunque en dicha demanda posiblemente él le pueda reconvenir (contra-demandar) el régimen de visitas. Sin embargo usted puede solicitar la pensión sin que sea obligatorio permitirle a los menores, a menos que el juez lo decrete, previa solicitud del padre. Contáctenos.
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Si puede hacerlo, pero un juez lo primero que le solicitará es que demuestre estar al corriente del pago de la pensión.
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