En el convenio que se tiene firmado y registrado en juzgado, hay una clasula donde mi pareja pagará los estudios al 100 por ciento sin pedirme nada. A mi pregunta si al momento de cumplir el menor la mayoría de edad, debo seguir pagando la pensión o no, yo no cubro ningún gasto de estudios como se acordó.
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Hola que tal, el menor tiene derecho aun cumpliendo la mayoria de edad hasta terminar la carrera profesional, siempre y cuando no interrumpa sus estudios y que vaya de acuerdo al grado de estudios con el de su edad.
Aunque tu hij@ cumpla la mayoría de edad y si aun sigue estudiando, la ley lo obliga a usted a seguirle proporcionando pension alimenticia, en caso de que usted deje de hacerlo, su hij@ podría promover una demanda en contra suya por el incumplimiento del pago de alimentos.
Hola Alejandro; por lo que expones, entendemos que tu mediante el convenio te obligaste a pagar una pensión alimenticia que no cubre los estudios, resultando que dicha exclusión de los estudios fue pactada en el convenio y aprobada por el Juez, y que en el mismo se estableció que los estudios corren a cargo de la madre; de ser así, en virtud del convenio aprobado, tu obligación de dar alimentos cesa con la mayoría de edad; pero ojo: todo convenio puede ser modificado!, puede ser el caso que la madre no cubra dichos estudios (por ejemplo por no tener recursos), entonces es ese caso tu hijo podría demandarte a ti el pago de los mismos. Suerte...!