Si escrituro una casa antes de casarme
¿Después del matrimonio por bienes mancomunados, pasa a ser de los dos?
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No formarían parte de la sociedad conyugal.
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Los bienes adquiridos antes de constituir la Sociedad Conyugal, no son objeto o parte de la misma.
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No, los bienes propios de cada consorte antes del matrimonio no pasan a formar parte del patrimonio de la sociedad legal.
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No, los que forman la sociedad legal o conyugal son los bienes que se estipulan claramente en los estatutos de la sociedad o bien los adquiridos durante el matrimonio por los dos consortes. Los bienes que antes cada consorte tenía no forman parte de la sociedad legal.
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Efectivamente los bienes que integran la sociedad conyugal son únicamente los adquiridos durante la vigencia de su matrimonio. Con excepción de aquellos que claramente hubieren señalado en las capitulaciones matrimoniales que no entrarían.
Así mismo durante la vigencia de su matrimonio, puede sin necesidad de solicitar el Divorcio, el cambio de Régimen Patrimonial de su Sociedad Conyugal. Contáctenos.
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No si escrituras antes de casarte la casa, esta será solo tuya, al menos que tu futura pareja te ayude a pagarla entonces si tendrá derechos sobre la misma.
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