Me junté con una mujer la cual tengo dos hijos una de 14 y uno de tres años. Les quiero dejar la casa con todo y muebles y el carro ¿Qué porcentaje debo darle de lo que gano y cuáles son mis obligaciones y derechos? Saludos
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Una vez que haga esta donación bajaran sustancialmente las necesidades de los menores pero obviamente seguirán necesitando de el resto de los alimentos, los que deben de ser cubiertos por Ambos PADRES, máxime que usted les esta proporcionando ya el lugar donde vivir, el automóvil es superfluo pues su duración es bastante limitada, pero de cualquier manera debe fijarse una pensión de acuerdo a las necesidades de los menores y a sus ingresos, (No en razón del patrimonio que vaya a conservar), sino de las necesidades de los menores y la posibilidad de darla según sus ingresos, le recomendamos acercarse a un profesional Jurídico además de un financiero, que le ofrezcan una gama mas amplia de protección de su patrimonio y el aseguramiento del cumplimiento de sus obligaciones con menor impacto en su economía.
Buenas tardes Sr Juan, es necesario que en convenio usted deje el patrimonio a sus hijos y esposa, usted decide en qué partes y cómo lo repartirán. Sobre la pensión alimenticia debe de cubrir las necesidades de sus hijos a como ellos estaban acostumbrados, y en la medida de sus posibilidades, el patrimonio que les deja puede formar parte de esa pensión y es muy necesario que esto quedé mediante convenio en los juzgados, podemos apoyarle,
Juan. deja me decirte que los alimentos son proporcionales al ingreso del que deba darlos y a la necesidad del que deba recibirlos. y el porcentaje en base a lo anterior lo fija el juez.y precisamente esta es una de tus obligaciones de otorgar una pensión alimenticia a tus hijos. independientemente de las donaciones que les hagas.y dentro de tus derechos está el que puedes solicitar que se te descuente un porcentaje de acuerdo a tus condiciones económicas y sobretodo que no lesionen en gran medida tu patrimonio