Suscribí unos pagares en el 2006, ¿todavía se puede ejercer alguna acción?

Realizada por RICARDO PRIETO. 10 oct 2017 Notario

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Lo que importa es la fecha de pago, si es en el mismo año que fueron suscritos ya no podría, son 10 años como máximo para cobrar una deuda, si la fecha de pago es para un mes y año.

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