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La prima de antigüedad tela deberían de pagar completa si tienes los 15 años cumplidos se paga al doble del salario mínimo es decir el cálculo de los 15 años ecactos son $25236 a eso súmale lo que te corresponde de aguinaldo proporcional vacaciones y prima vacacional correspondientes a sus partes proporcionales del presente año y eso es lo que te tocaría
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2 respuestas
Estimado Sr. Andrés Crispín, a sus comentarios, le manifiesto que si usted renuncia, usted no tiene derecho a nada, sólo a que le paguen lo que va del mes que vaya corriendo en ese momento. pero si lo despiden, entonces tiene derecho a que le paguen una antigüedad de 15 años, aguinaldo, reparto de utilidades y prestaciones de ley. A sus comentarios. Saludos. Lic. Juárez.
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Buenos días Andrés, en tu caso, además de las prestaciones irrenunciables (aguinaldo proporcional al tiempo laborado en ese año, vacaciones y prima vacacional), tienes derecho a se te pague la prima de antigüedad. Esta prestación consiste en el pago de 12 días de salario por cada año laborado (con un tope de dos salarios mínimos para calcular el salario diario). Si estás en Aguascalientes podemos ayudarte a realizar el cálculo exacto de lo que te corresponde.
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