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Por ley el patrón debe pagar una quincena de aguinaldo, pero puede ser más si así lo desea, y tiene hasta el 21 de Diciembre para entregarlo, así como el trabajador tiene todo un año para reclamar si no se le paga si se acumula otro año sin que reciba esta prestación solo tiene derecho a reclamar el ultimo de los no entregados. Asesórate gratuitamente en esta pagina para que no pierdas ninguno de tus derechos laborales.
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2 respuestas
Jhon, la ley marca como mínimo 15 días de salario
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Cada 21 de diciembre debieron haberte entregado mínimo por ley una quincena de sueldo por este concepto, las empresas o patrones pueden dar más si así lo desean, si no cobraste en esta fecha tienes hasta el 20 de diciembre del año siguiente para reclamarlo ante la junta, si dejas pasar más de un año solo puedes reclamar el del último diciembre que no se te haya cubierto. Asesórate gratuitamente en esta página si no logramos ser lo suficientemente claros.
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