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Si dan por terminado la relación de trabajo contigo la empresa por tus faltas, solamente te corresponde tus prestaciones.
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1 respuesta
Depende de muchas muchas situaciones:
1.- por cuantas faltas injustificadas te estan corriendo.
2.- si tu patron lleva el procedimiento adecuado ante la Junta de Conciliacion.
3.- si esta bien sustentado dicho procedimiento de Conciliacion y Arbitraje.
4.- otros factores de tus condiciones laborales.
Por esa razon el patron muy dificilmente te va a rescindir y dar aviso en la Junta. Por lo que sugiero no firmes ningun documento. Y si no te pagan cuando menos 45 dias de tu salario (la ley dice 90 dias pero los 45 es como un buen arreglo) como indemnización, aguinaldo, prima de antiguedad, vacaciones y prima vacacional, tramita tu demanda por despido, tienes 2 meses contados a partir del dia que dejaste de laborar.
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