Buen día. Tengo contrato de compra de casa con una constructora. Se firmó el contrato el 25 de noviembre del 2015 y tenían 5 meses para entregar. Ademas tienen una oportunidad de 5 meses de mas de prorroga. Esto vence el 25 de septiembre del 2016. Según el contrato el que incumple el contrato tiene una multa que pagar del 15% del valor de la casa.
Tengo aquí el contrato. Dice:
"DECIMA.- Incumplimiento.- para el caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones contenidas en el presente contrato, las partes aceptan de común acuerdo una pena convencional del 15% (QUINCE POR CIENTO), del valor total de operación."
Quisiera saber exactamente lo que implica lo que dice el contrato, que no entiendo a la perfección el palabreo. Ademas quisiera entender como hacer valido el contrato, en caso de que la constructora este incumpliento el contrato. La casa esta apenas el 60% completada.
Gracias.
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Buenas tardes, claro que se puede y tiene gran oportunidad de ganar el juicio, solamente pongase en contacto conmigo y le diré mas detalles al respecto, muchas gracias
¡Hola Allan! Respecto a cómo hacer efectiva la pena convencional, puedes hacer una reclamación extrajudicial, mediante la presentación de un escrito simple dirigido a la inmobiliaria con la que hayas celebrado el contrato. Por otro lado, respecto al incumplimiento de la obligación de la inmobiliaria sobre la entrega de la casa, puedes dirigirte a la Profeco, ya que la compraventa de inmuebles como lo es el de tu caso, está regulado por el artículo 73 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Si deseas que te apoyemos con la elaboración del escrito señalado, o bien, con la queja ante Profeco, sólo tienes que hacérnoslo saber.
Que tengas un excelente día.
¡Saludos!
Alla. contestando a tu pregunta. de que. deseas saber exactamente lo que implica lo que dice el contrato. y que no entiendes el palabreo. Déjame decirte que la clausula de incumplimiento es muy clara. señala que en el caso de que no se cumpla en tiempo y forma con la obligación pactada. se hace acreedor a una pena del 15%.
Por otro lado preguntas que cual es el tiempo limite para entrega en contrato de la compra de la casa . déjame y te digo que el tiempo límite es es el que se señala en el contrato.
Allan y claro que les puedes hacer efectiva la cláusula y con todo gusto te podemos ayudar con todo el proceso lomtenemosde promoción.Si tienes alguna duda con todo gusto podemos ayudarte puedes contactarnos vía WhattsApp al número proporcionado en Abogacía o en nuestro perfil. Estamos ubicados en León Guanajuato.
Saludos cordiales V&L Corporativo Legal e Inmobiliario.
Buenos dias estimado Allan: En el Bufete Valencia & Asociados, tenemos la solución a su problema, necesitamos mas datos para poder brindarle una asesoría adecuada y una mejor atención personalizada; contáctenos, vía email telefónica o en nuestro perfil.