Deudores alimenticios no podrán casarse, hipotecar o sacar licencia

La pensión alimenticia es una necesidad para los hijos y que estos puedan contar con los recursos necesarios para vivir.

2 JUL 2018 · Lectura: min.
"La autoridad parental es el conjunto de facultades y deberes, que la ley otorga e impone al padre y a la madre sobre sus hijos menores de edad o declarados incapaces, para que los protejan, eduquen, asistan y preparen para la vida".

Ante las situaciones precarias de que una pareja decida separarse por distintas razones, puede resultar ser un proceso largo, moroso y doloroso para la familia e hijos. Sin embargo, después del suceso, es evidente que se debe de llegar a un acuerdo que permita la estabilidad, seguridad y responsabilidad de las familias y sobre todo de los hijos.

Cuando se llega a un acuerdo y se otorga la pensión en cualquiera de los dos casos, hacerlo con responsabilidad y apegado a ley para no incurrir en ciertas faltas, que pueden ser castigadas suele ser mucho más viable.

En todo caso existe un tema que también ha llamado la atención de aquellos, que proporcionan la pensión alimenticia, si bien existen algunas personas que son morosas en ese sentido, no pagan la pensión alimenticia a tiempo o simplemente no lo hacen; después de varios meses. Existe una propuesta hecha por la diputada del PRI Roció Sáenz Ramírez, entre las propuestas que hace la diputada tiene que ver con sanciones a los morosos como: que no contraigan matrimonio de nueva cuenta, tramiten licencias de conducir o tener créditos hipotecarios.

Se indicó que no se pretende perjudicar a los proveedores, si no hacer valer los derechos de los niños, que a través de estas acciones se verán beneficiados, ante la situación de aquellos que no deseen dar la pensión alimenticia a tiempo o sean morosos en hacerlo.

De cierta forma, lo que pretende la diputada es obligar a los padres a ser responsables en bienestar de los hijos, todo basado en la ley y el poder legislativo, lo cual considera uno de los avances más importantes.

La ley es clara en este aspecto y menciona lo siguiente:

"La autoridad parental es el conjunto de facultades y deberes, que la ley otorga e impone al padre y a la madre sobre sus hijos menores de edad o declarados incapaces, para que los protejan, eduquen, asistan y preparen para la vida, y además, para que los representen y administren sus bienes."

Es un derecho de los niños que debe de ser respetado, es por ello que se impulsa este nuevo régimen que permite que las pensiones alimenticias sean cumplidas a tiempo.

"Cuando recaiga sobre dos o más personas la obligación de dar alimentos por un mismo título, el pago de los mismos será proporcional a la capacidad económica de cada quien; sin embargo, en caso de urgente necesidad el tribunal podrá obligar a uno solo de los alimentantes a que los preste en su totalidad, sin perjuicio del derecho de éste a reclamar a los demás obligados la parte que les correspondiere pagar. En la sentencia se establecerá el monto de la cuantía que le corresponderá pagar a cada uno, dicha sentencia tendrá fuerza ejecutiva."

De esta forma se hará valer la ley, si tiene dudas al respecto puede contratar los servicios de los abogados expertos en este portal, ellos le atenderán de forma profesional.

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2 Comentarios
  • Claudia Cervantes

    Mi ex pareja hace un año ya no da pensión, se burla que nada puede obligarlo y ya tiene planes de casarse y mantener a dos hijas que no son suyas, de verdad estando en la lista de los deudores morosos.

  • Karla

    Me parece bien pero en cuanto a los hijos mayores de edad que denuncian a sus padres diciendo que estan estudiando una carrera pero que en realidad no estudian que pasa con eso los jueces debería pedir pruebas de sus notas como recordar notas cada semestre hacer seguimiento de sus estudios.

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