Recuerde que el aguinaldo debe cobrarse antes del 20 de diciembre

Es un derecho que por ley le corresponde al trabajador y deberá de reclamar antes del 20 de diciembre.

21 DIC 2017 · Lectura: min.
¿Quiénes tienen derecho al aguinaldo?

Todos los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, entre otros.

La dedicación al trabajo es una labor que cada uno de los mexicanos realiza con esfuerzo y esmero, pues es la base con la cual puede conseguir alcanzar sus metas, sueños y objetivos a largo y corto plazo.

Es por ello que cada uno de los mexicanos se caracteriza por ofrecer cualidades, que permite la resolución a los problemas y que se pueden suscitar en la organización, ya que las empresas determinan cuál será la labor de ésta y la forma en que ha de fungir en su trabajo.

Existen ciertos derechos, así como obligaciones que le corresponden a cada trabajador, pues es menester que éste se realice de forma efectiva su trabajo y pueda recibir a cambio un sueldo, que ha de usar en su propio beneficio, y así cubrir sus necesidades básicas e incluso darse un gusto extra para su familia.

Sólo que ha habido cientos de casos de jefes, patrones, empresas y organizaciones que no respetan los derechos esenciales de los trabajadores, quizás no les proporcionen lo básico y que por ley les corresponde, como es un seguro, prestaciones, vacaciones y por supuesto en estas fechas que es vital: un aguinaldo, el cual deberá de ser proporcionado antes del 20 de diciembre, ya que es un derecho y está estipulado bajo la ley de trabajo.

Ante estos casos existe un método que permite el poder dar una solución a este asunto, si es su caso, de que la empresa u organización no le ha proporcionado el aguinaldo correspondiente puede denunciar.

Ante estos hechos, la Secretaria de Trabajo y Previsión Social (STPS) responde las siguiente preguntas:

¿Quiénes tienen derecho al aguinaldo?

"Todos los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, entre otros.

Dicha prestación laboral anual también aplica para los comisionistas, los agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes, que se rijan por la Ley Federal del Trabajo (LFT).

¿Los trabajadores que hayan laborado por menos de un año tienen derecho al aguinaldo?

Sí, tienen derecho a que se les pague la parte proporcional al tiempo trabajado, independientemente de que ya no laboren en la empresa o actualmente estén trabajando para una compañía distinta.

¿Tienen derecho a recibir aguinaldo los trabajadores eventuales?

Sí, a la parte proporcional al tiempo laborado, esto debido a que la Ley Federal del Trabajo no hace distinción o señala excepción alguna que los excluya del mismo.

¿Tienen derecho a recibir aguinaldo aquellos trabajadores que renuncien voluntariamente a su trabajo?

Los trabajadores que renuncien a su trabajo antes del 20 de diciembre, tienen derecho a que se les cubra la parte proporcional de aguinaldo por el tiempo que laboraron."

Esta preguntas y respuesta aclaran y asientan que por ley corresponde un aguinaldo. Por derecho y sean la diferentes condiciones de cada uno de los trabajadores tiene que otorgársele el aguinaldo. Por supuesto que abarca mucha mas información que habría que desglosar.

Entre las dudas que más comunes se han vuelto, son las mencionadas con anterioridad, pues igual se deberá de acudir a las instancias correspondientes para que se de una resolución al caso: si se es víctima de este asunto.

Ya que ante los derechos laborales se estimula de forma clara y concisa este derecho, pues la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo no responde esto:

¿Quién tiene derecho a recibir el aguinaldo?

A) Todo trabajador en activo.

B) Todo ex trabajador aunque no haya laborado el año completo.

Salario que se debe considerar para su pago

El salario que ordinariamente perciben los trabajadores por un día laborado (salario base) y que reciben al momento en que deba pagarse esta prestación.

¿Qué cantidad debo recibir?

A) Debe decir: Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual equivalente a 15 días de salario, por lo menos.

B) Si no laboraste el año completo, tienes derecho a que se te pague la parte proporcional, de acuerdo al tiempo trabajado durante el año.

¿Cuándo se paga?

A) Si eres trabajador activo antes del 20 de diciembre.

B) Si eres ex trabajador se debe pagar en la fecha de la terminación de la relación laboral.

¿Qué pasa si no te lo pagan?

Podrás acudir a la PROFEDET, donde un abogado te brindará asesoría legal, gratuita y personalizada.

¿Qué tiempo tienes para reclamarlo, si no te lo pagan?

Un año a partir de que éste es exigible.

Por eso es necesario recordar que al ser un derecho, éste se debe de recibir antes del día 20 de diciembre. Si en dado caso esto no sucede y es víctima de violación de sus derechos como trabajador, puede contratar los servicios de abogados expertos que tenemos aquí para su disposición.

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