Si rento una casa, ¿qué leyes me protegen?

El inquilino y el arrendador tiene derechos y obligaciones que han de ser cumplidos por ley.

11 JUN 2018 · Lectura: min.
 Se considerará vivienda digna y decorosa la que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos y construcción.

¿Qué implica rentar un casa?, ¿podré pagarla?, ¿qué derechos tengo? Esta y algunas más preguntas se hacen las personas que deciden tomar esta decisión y por diversas razones. Entre ellas tiene que ver por un trabajo, ya que éste se encuentra más cerca, otra porque decide la persona independizarse y experimentar el poder vivir solo, saber cuáles son los gastos y por qué se requiere de un poco más de privacidad, luego porque una pareja decide vivir juntos y experimentar también que se siente, hacerse de sus cosas y valorar el esfuerzo que se hace.

Luego hay mucho que pensar y analizar antes de tomar una decisión de esta naturaleza, ya que nada parece ser fácil y que mejor que estar informado ante esta situación y no les agarren las prisas. La implicación de rentar una casa es contar con el presupuesto necesario, de ante mano se sabe que mes con mes se tendrá que hacer un gasto, que debe de estar dentro del presupuesto que puede ser limitado, así como algunos gustos que se hacían teniendo este dinero libre.

Al contactar a la persona una vez que se tiene los datos del espacio a rentar y el presupuesto, puede ir a una casa, departamento o incluso un cuarto y claro la zona donde este también implica costo. Se contacta a la persona que renta y ésta da los pormenores las cláusulas a seguir.

Muchas veces no sabemos que existen reglas que han de ser acatadas, así como derechos propios del que decide rentar, ya que es importante fijarse en el lugar, los precios de la renta, los servicios con los que cuenta y que gastos adicionales haz de incluir en tus cuentas para poder contemplarlos a corto plazo, también existen leyes que pueden amparar al inquilino.

Aunque hasta el momento no existe una ley en específico sobre este asunto en México, pero no quiere decir que no se pueda hacer algo. En este caso la Ley de Vivienda estipula a través de un comunicado por parte del gobierno lo siguiente:

ARTÍCULO 2.- Se considerará vivienda digna y decorosa la que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos y construcción, habitabilidad, salubridad, cuente con los servicios básicos y brinde a sus ocupantes seguridad jurídica en cuanto a su propiedad o legítima posesión, y contemple criterios para la prevención de desastres y la protección física de sus ocupantes ante los elementos naturales potencialmente agresivos.

ARTÍCULO 3.- Las disposiciones de esta Ley deberán aplicarse bajo principios de equidad e inclusión social de manera que toda persona, sin importar su origen étnico o nacional, el género, la edad, la discapacidad, la condición social o económica, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias o el estado civil pueda ejercer su derecho constitucional a la vivienda.

Por tanto, se debe de tomar en cuenta que aquella persona que decida rentar, debe de proporcionar al usuario una vivienda que cuente con los servicios necesarios, así como un lugar habitable. Cuenta mucho el hecho de que al ponerse en contacto con el arrendatario éste le lleve al lugar, se le vea y cumpla con las necesidades y con lo que se esté buscando.

Por ambas partes debe de existir un acuerdo, tanto el que renta como el inquilino, los dos cuentan con los derechos que ha de amparar la ley de acuerdo a los estatus establecidos. De igual forma es importante considerar las siguientes recomendaciones de la Profeco, podría ayudar a despejar las dudas:

El contrato deberá contener, cuando menos las siguientes estipulaciones:

a) Nombres del arrendador y arrendatario.

b) La ubicación del inmueble.

c) Descripción detallada del inmueble objeto del contrato y de las instalaciones y accesorios con que cuenta para el uso y goce del mismo, así como el estado que guardan.

d) El monto de la renta.

e) La garantía, en su caso.

f) La mención expresa del destino habitacional del inmueble arrendado.

g) El término del contrato (generalmente un año)

Es importante mencionar que existen algunas responsabilidades, que se han de llevar de manera mutua entre las dos partes como el realizar reparaciones en conjunto. Mantener en buen estado el inmueble, ser limpio con las áreas comunes, indicar si se cuenta con estacionamiento, pagar la renta a tiempo, si se va a realizar algún mantenimiento sobre el lugar comunicarse entre ambos para saber cómo se cubrían los gastos.

Como podemos leer estos son algunos de los derechos y obligaciones que se tiene al rentar y ser dueño de un lugar o espacio. Por tanto la responsabilidad cae en ambos, pero si tiene dudas al respecto puede contratar los servicios de nuestros abogados expertos aquí en este portal.

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