Asesor Jurídico de la Víctima
Al revisar la actuación del Ministerio Público en diferentes acciones sobre todo de robo con violencia a mercancía transportada en vehículo automotor se obtuvieron sentencias condenatorias
En un robo con violencia en mercancía transportada en vehículo automotor se logró sentencia condenatorias,en primera, segunda instancia y amparo, así se obtuvo el monto de la reparación del daño.
En el nuevo Sistema Penal Acusatorio Adversaria y Oral es posible actuar como asesor de la víctima u ofendido, teniendo personalidad propia en la investigación tanto administrativa, como judicializada , en etapa intermedia y en juicio incluyendo la apelación y el amparo.
A diferencia del procedimiento anterior solo se podía actuar como coadyuvante del Ministerio Público sin tener personalidad o facultades de representación, solicitando siempre el consentimiento del ministerio publico para poder llevar a cabo interrogatorios, ofrecer pruebas en fin un sin fin de problemas y trabas.
Hoy el sistema Penal permite la actuación en forma directa por parte de la Víctima u ofendido, esto es que la víctima u ofendido son parte del proceso penal al igual que su Asesor Jurídico o bien puede ser representado por un apoderado legal pero nunca dejara de tener personalidad, voz y en su momento podrá proponer pruebas, interrogar, contra interrogar o interponer recursos procesos o bien mejorando o corrigiendo la actuación del Ministerio Público, o de la Policía Investigadora o de los Peritos.
En el caso en particular el asunto se pudo haber resuelto con un procedimiento abreviado o bien mediante un acuerdo reparatorio, pero la defensa confió en que su teoría del caso sería mejor que el de la Fiscalia, pero nunca contó con la presencia del Asesor Jurídico quien debatió inclusive posiciones del propio Juez, lográndose al final una sentencia condenatoria, de 12 años de prisión.
Debemos de recordar que ahora existen menos requisitos par la integración de la carpeta administrativa (ante el Agente del Ministerio Público) integrándose el mayor cúmulo de datos de prueba en la investigación judicializada hoy conocida como complementaria y en la etapa intermedia, reservándose el poder desahogarse en la última etapa que lo es la del Juicio Oral.
Esto se ve convalidado ahora con una jurisprudencia el día de ayer por el tribuna Colegiado de Circuito, (aun tesis asilada) pero interesante concepto.