Pensión alimenticia
Es un derecho que tienen los hijos y también en algunos casos el cónyuge, es irrenunciable así es que exígela.
Este derecho se contempla en el Código Civil e incluye los gastos generados en comida, ropa, vivienda, educación, diversión y asistencia médica.
La cantidad que debe otorgarse la fija un juez de acuerdo a las necesidades de quien recibe la pensión y las posibilidades de quien la otorga, pudiendo ser de un promedio de 30 a 50% del salario percibido, Incluso se pueden girar instrucciones a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, SAT e IMSS para demostrar la capacidad económica del que otorga la pensión.
El artículo 323 refiere que la persona a quien, por su cargo, corresponda proporcionar informes económicos de los deudores alimentarios, está obligada a dar datos verdaderos.
Este beneficio no sólo es para matrimonios, también aplica en concubinatos y sociedades de convivencia. Además, si no trabajas y dependías completamente de él, puedes pedir un apoyo para ti, es tu derecho.
Existen dos vías para llevar a cabo este tipo de trámites. La primera es extrajudicial, que se refiere a cuando las dos partes fijan la pensión se otorgará firmando ambos el acuerdo al mismo tiempo que es autorizado por una notaria. En cambio la judicial suele ser más larga, ya que las partes en cuestión no están de acuerdo o uno de los padres no se quiere hacer responsable.
Para interponer la pensión de tus hijos necesitas:
- Acta de nacimiento de los hijos reconocidos
- Lista de gastos (colegiatura, vestimenta, recreación, atención médica, vivienda, en su caso gasto de embarazo y parto, luz, agua, etcétera)
- Acta de matrimonio (en caso de tenerla)
- Comprobantes de honorarios y propiedades que demuestren su capacidad económica.
En el DF y en el Estado de México, cuando un padre deja de dar el monto a sus pequeños por 90 días, se considera delito. Al no cubrirse por más de 90 días puede entrar al Buró de Crédito y después de seis meses, incluso enfrentar hasta 5 años de prisión.
En el ámbito nacional, año con año aumentan las demandas de pensión alimenticia. Datos del INEGI revelan que en 2008 se otorgaron 44 mil 314 solicitudes; en 2007, 41 mil 779, y un año atrás, 39 mil 196. Éstas sólo de las entregadas a hijos.