Todo lo que te preguntas sobre el divorcio, parte II

Para muchas familias el divorcio puede ser un acto lamentable o una solución a lo que ya no funcionaba.

31 OCT 2018 · Lectura: min.
“En los últimos años, el número de divorcios en México se incrementó considerablemente.”

Por un lado esta es la realidad que se vive entre la sociedad mexicana, pero cuando hablamos de la parte contraria, cuando una pareja ya decide el no estar juntos por diferentes situaciones, pues surgen muchas razones las cuales pueden estar apoyadas en la falta de amor y cariño, es decir, la pareja descuida a la otra y siente que ya no hay amor, razón por la cual muchas de las parejas van a terapia. Asimismo el engaño, celos, violencia intrafamiliar, abandono de hogar, economía y drogas, entre otros, son unas de cientos de razones que se pueden tener para este suceso. 

 El INEGI nos orienta con las estadísticas adecuadas del divorcio:

“En los últimos años, el número de divorcios en México se incrementó considerablemente.”

Al 2013 se registraron 108 mil 727 divorcios, en 2012 fueron 99 mil 509 y en 2011 la cifra se ubicó en 91 mil 285.

¿A qué edad se divorcian?

Al 2013, la edad media en la que se divorcian las mujeres es de 37 años, para los hombres es de 40.

¿Cuál es su escolaridad?

A nivel nacional, tanto los varones como las mujeres tienen escolaridad de nivel medio superior y superior.

En 1980 por cada 100 matrimonios había 4 divorcios; en 1990 y 2000 esta cifra se elevó a poco más de 7 divorcios, para 2010 el número de divorcios por cada 100 matrimonios fue de 15 y al 2013 se registraron casi 19 divorcios por cada 100 matrimonios.

Esto nos pone al corriente de la situación del país que parece va en aumento, también a la par de las parejas que deciden casarse. Por tanto, existe un porcentaje considerable que desea casarse y lo realiza mientras una pareja en alguna parte del país decide divorciarse. 

Ahora es común que existan preguntas con relación al divorcio, dudas que es importante el poder resolver como: ¿quién puede solicitar el divorcio?

En este caso las dos partes tiene el derecho a solicitarlo ante las instancias correspondientes, ya que el deseo de la persona que lo solicita es claro y desea hacerlo de forma voluntaria, en todo caso debe de transcurrir un año del matrimonio para que esto sea posible. 

Luego: ¿debe de existir alguna causa para que exista el divorcio?

Depende mucho de las leyes de cada estado de la República Mexicana, en el caso siguiente lo estipula de la siguiente forma:

Artículo 267. Son causales de divorcio:

El adulterio debidamente probado de uno de los cónyuges;

El hecho de que la mujer dé a luz, durante el matrimonio, un hijo concebido antes de celebrarse este contrato, y que judicialmente sea declarado ilegítimo;

La propuesta del marido para prostituir a su mujer, no sólo cuando el mismo marido la haya hecho directamente, sino cuando se pruebe que ha recibido dinero o cualquiera remuneración con el objeto expreso de permitir que otro tenga relaciones carnales con su mujer;

La incitación a la violencia hecha por un cónyuge al otro, para cometer algún delito, aunque no sea de incontinencia carnal;

Los actos inmorales ejecutados por el marido o por la mujer con el fin de corromper a los hijos, así como la tolerancia en su corrupción;

Padecer sífilis, tuberculosis, o cualquiera otra enfermedad crónica o incurable que sea, además, contagiosa o hereditaria, y la impotencia incurable que sobrevenga después de celebrado el matrimonio;

Padecer enajenación mental incurable, previa declaración de interdicción que se haga respecto del cónyuge demente;

La separación de la casa conyugal por más de seis meses sin causa justificada;

La separación del hogar conyugal originada por una causa que sea bastante para pedir el divorcio, si se prolonga por más de un año sin que el cónyuge que se separó entable la demanda de divorcio;

La declaración de ausencia legalmente hecha, o la de presunción de muerte, en los casos de excepción en que no se necesita para que se haga ésta que proceda la declaración de ausencia;

La sevicia, las amenazas o las injurias graves de un cónyuge para el otro;

La negativa injustificada de los cónyuges a cumplir con las obligaciones señaladas en el Artículo 164, sin que sea necesario agotar previamente los procedimientos tendientes a su cumplimiento, así como el incumplimiento, sin justa causa, por alguno de los cónyuges, de la sentencia ejecutoriada en el caso del Artículo 168;

La acusación calumniosa hecha por un cónyuge contra el otro, por delito que merezca pena mayor de dos años de prisión;

Haber cometido uno de los cónyuges un delito que no sea político, pero que sea infamante, por el cual tenga que sufrir una pena de prisión mayor de dos años;

Los hábitos de juego o de embriaguez o el uso indebido y persistente de drogas enervantes, cuando amenazan causar la ruina de la familia, o constituyen un continuo motivo de desavenencia conyugal;

Cometer un cónyuge contra la persona o los bienes del otro, un acto que sería punible si se tratara de persona extraña, siempre que tal acto tenga señalada en la ley una pena que pase de un año de prisión; El mutuo consentimiento.

La separación de los cónyuges por más de 2 años, independientemente del motivo que haya originado la separación, la cual podrá ser invocada por cualesquiera de ellos.

Las conductas de violencia familiar cometidas por uno de los cónyuges contra el otro o hacia los hijos de ambos o de alguno de ellos. Para los efectos de este artículo se entiende por violencia familiar lo dispuesto por el artículo 323 tercero de este Código.

El incumplimiento injustificado de las determinaciones de las autoridades administrativas o judiciales que se hayan ordenado, tendientes a corregir los actos de violencia familiar hacia el otro cónyuge o los hijos, por el cónyuge obligado a ello.

Como podemos leer las causas pueden ser muchas, depende mucho del contexto y la situación que se este suscitando, pero si tiene más dudas al respecto puede contratar los servicios de los abogados expertos que se ponen a sus orden para este asunto del divorcio y muchos más en este portal.

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