Estos son sus derechos al renunciar a un trabajo

El trabajador cuenta con derechos que puede ser apelados, en caso de despido ante las instancias correspondientes.

24 JUL 2018 · Lectura: min.
En caso de despido este puede ser de forma justificada por la empresa y de forma injustificada.

El trabajo es para muchos la base con la cual se sostienen muchas de las familias mexicanas. El trabajo que es el resultado que ofrece los frutos de la adquisición de las cosas materiales, cubre las necesidades elementales de la vida es para muchas mujeres y hombres una parte fundamental de la vida.

El humano desde hace mucho ha puesto parte del trabajo como integrante elemental que refleja su esfuerzo en harás de buscar un beneficio y procurar la abundancia. Para muchos profesionistas, trabajadores de fabricas y trabajadores en puestos ambulantes contar con su trabajo es importante, por eso cuando se da el caso de un despido y renuncia, en cualquiera de los dos casos, existen derechos que deben de ser respetados para el trabajador por parte de la ley, pues existen prestaciones por antigüedad y depende de su salario también.

En el caso de la renuncia cuando un empleado decide por voluntad propia dejar el trabajo, por diversas razones, depende mucho de ciertas circunstancias, existe una compensación que por derecho le corresponde, es el finiquito que le incumbe en base al salario, prestaciones, días no trabajados, aguinaldo y vacaciones.

La Secretaria de Trabajo y Previsión Social lo resume de la siguiente forma:

Si renuncias voluntariamente te corresponde el pago de las partes proporcionales de:

1.-Aguinaldo

2.-Vacaciones y prima vacacional

3.-Prima de antigüedad (siempre y cuando se tengan, por lo menos, 15 años de antigüedad)

4.-Prestaciones que estuvieran vigentes en tu contrato de trabajo o en las condiciones laborales que regulan tu relación con la empresa o patrón

Por tanto, la empresa tiene la obligación de hacer entrega de los beneficios en días después, que por supuesto depende de lo mencionado arriba. Ahora si la persona tenía más de 15 años y seis meses de antigüedad le corresponde 186 días de salario.

En caso de despido este puede ser de forma justificada por la empresa y de forma injustificada. Existen algunas razones que son evidentes en esta cuestión de despido justificado, pues la persona mintió o desempeño mal en su trabajo, cuando existe una agresión a otros compañeros o daños a equipos e instalaciones de la empresa pueden ser razones suficientes para despido.

En este sentido el trabajador también, cuenta con derechos que puede apelar ante Conciliación y Arbitraje, para una posible indemnización de tres meses de salario.

En caso de despido injustificado cuando no existe una causa aparente por parte de la empresa o patrón que justifique dicho despido, no es considerado dentro de la ley, por tanto, puede apelar por sus derechos ante las instancias correspondientes.

La Secretaria de Trabajo y Previsión Social menciona lo siguiente:

En caso de despido, puedes reclamar el pago de:

1.-Tres meses de salario por concepto de indemnización constitucional

2.-Prima de antigüedad

3.-Partes proporcionales de aguinaldo; vacaciones y prima vacacional y prestaciones vigentes que no te hayan cubierto

4.-O bien, tienes la opción de demandar que te reinstalen en tu puesto bajo los mismos términos y condiciones en las que lo desempeñabas

Ante un despido injustificado, tienes un plazo de dos meses para entablar una demanda.

En todo caso un despido que no puede estar justificado puede apelarse poniendo una denuncia correspondiente, la asesoría de un experto abogado en derechos laborales en estos temas es esencial y que en este portal puede encontrar, asimismo asistir a las instancias correspondientes con los siguientes documentos:

1.-Tu contrato individual, colectivo de trabajo ó contrato ley

2.-Comprobantes de salario

3.-Aviso de inscripción al Instituto Mexicano del Seguro Social

4.-Identificación oficial y cualquier documento relacionado con tu relación de trabajo

5.-Fotocopia de la credencial IFE de tres personas de tu confianza, que no sean familiares y tampoco personas que vivan en el mismo domicilio, además es importante que puedan ser testigos en el juicio

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