Prima de antigüedad: ¿en qué casos corresponde?

Es un derecho que corresponde a los trabajadores

15 FEB 2017 · Última modificación: 27 NOV 2019 · Lectura: min.
Prima de antigüedad: ¿en qué casos corresponde?

Actualmente es difícil el poder tener un trabajo que te aporte la seguridad económica y social que a miras del futuro puedas tener una vejez que te permita poder disfrutar de la vida sin preocupación alguna. Se sabe que es importante ahorrar y que existen trabajos que te pagan, si de manera justa por el trabajo que desempeñes, pero otros no, ya que antes bien aquella antigüedad que generabas dentro de mismo, te procuraba el poder retirarte de una forma tranquila después del trabajo que realizaste por más de 35 años.

Existen muchas dudas y preguntas que vienen a la mente de cualquier trabajador, por eso aquí contamos con un equipo de abogados especializados en estos temas que bien pueden proporcionarte los conocimientos y resolver tus dudas de forma precisa si te encuentras ante un caso similar o con algún problema laboral que desees darle una resolución.

Ya hace algunos años entró en debate el asunto de la prima de antigüedad: ¿En qué casos corresponde? La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de manera efectiva dio la resolución a este tema, al determinar que la base sea con relación al salario del trabajador de acuerdo con: relación laboral, renuncia, muerte, incapacidad o jubilación.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) en respuesta a la pregunta ¿Cómo se paga la prima de antigüedad en México? dice que la prima de antigüedad es un derecho laboral que le corresponde a los trabajadores establecido en el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo:

"los trabajadores de planta tienen derecho a una prima de antigüedad, que consistirá en el importe de doce días de salario, por cada año de servicios".

Aunque el trabajador deberá haber cumplido por lo menos 15 años de servicio, si existe una separación voluntaria no puede ser por ningún motivo menor al monto de la prima antigua a uno o a dos salarios mínimos, con independencia de que el pago se pueda realizar en un futuro.

En síntesis la PROFEDET aclara que:

La prima de antigüedad es un pago adicional que se otorga a los trabajadores de planta, por el tiempo laborado al servicio del patrón.

¿En qué consiste?

En el importe de doce días de salario por cada año de servicio.

En caso de que no se labore el año completo, se pagará su parte proporcional de acuerdo al tiempo trabajado durante el año.

¿Quién tiene derecho a recibirla?

  • El trabajador que se separe voluntariamente de su empleo, siempre que haya laborado 15 años o más.
  • El trabajador que decida separarse por causa justificada generada por el patrón.
  • El trabajador que sea separado sin causa justificada por su patrón (despido injustificado).
  • El trabajador que sea separado por causa justificada generada por él mismo.
  • En caso de muerte del trabajador, se paga a sus beneficiarios.
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49 Comentarios
  • Mario Ruiz Sánchez

    Tengo una antigüedad de 6 años, y una oportunidad nueva de trabajo, me dicen que es renuncia voluntaria, y que no me darán nada

  • Dora valencia

    Tengo 4 meses trabajando no tengo contrato si tengo derecho a prima y cuanto darían de prima

  • llaura MQ

    tengo 15 años trabajando para la misma empresa pero me daran de baja por situaciones económicas de la empresa y quieren que firme una renuncia y el patron me dice q no me afectara para mi antigüedad

  • ELDA RAMOS

    UN TRABAJADOR QUE RENUNCIA PORQUE TIENE 60 AÑOS Y QUIERE PENSIONARSE, OCUPA LA BAJA ANTE EL IMSS, PROCEDE PAGARLE LA PRIMA DE ANTIGUEDAD, TIENE SOLO 8 AÑOS DE SERVICIO

  • Eva Gómez

    En el caso de una jubilación por haber cumplido los 60 años y el IMSS le pagaron se pensión mensual En este caso procede que el patrón otorgue algún finiquito ? De ser así, se cuantifica en base a salario mínimo o al percibido por el trabajador.

  • Adofo semo mendez

    Buenas tardes tengo 6 años y 5 meses trabajando con un sueldo de 4.700 bs cuanto me corresponderia

  • Luis Tellez Espinosa

    En el caso de empleados federales, pertencientes al SAT??

  • Abogados.com.co

    Recuerden que las preguntas jurídicas deben hacerse en la sección "Consultorio Online" para que los abogados las vean y den respuesta efectiva. En cuanto a las solicitudes de presupuesto, deben dirigirlas a los abogados de su interés. Los tenemos clasificadas por Estados.

  • Eva Mendez

    ¿Cómo aplica la prima de antigüedad para un trabajador con pensión por Invalidez y que tiene 14 años laborados? Se supone que también estoy tomando de referencia el art. 53 fracc IV LFT. Para este tipo de casos, ¿aplica la prima de antigüedad por un tiempo menor a los 15 años? Gracias.

  • maria monica martinez acocul

    Comento que tengo 31 años trabajando en la empresa con un salario de $ 18,000.00 mensuales soy asistente de dirección me gustaría saber cual seria mi prima de antigüedad gracias.


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