¿Cómo calcular el pago de tu liquidación y finiquito?
La mayoría de las personas que pasan por un despido injustificado, tienen duda en como calcular su liquidación, te invitamos a leer el texto siguiente.
Cuando un trabajador es despedido de su empleo de manera injustificada tiene derecho al pago de las siguientes prestaciones:
1.- Liquidación
2.- Finiquito
La liquidación se compone del pago de las siguientes prestaciones:
- Indemnización de 3 meses de salario diario integrado.
- Prima de Antigüedad de 12 días de Salario por cada año de servicios. (en éste caso, si el sueldo diario excede del monto equivalente a 2 salarios mínimos vigentes ($160.08), la base para calcular se topará a dicha cantidad de $160.08 pesos
El finiquito se compone del pago de lo siguiente:
- Aguinaldo
- Vacaciones
- Prima Vacacional
- Cualquier otra prestación que el patrón le dé al trabajador.
La forma de calcular es la siguiente:
Ejemplo: Jorge es cajero en una pollería, ingreso a trabajar el 02 de abril de 2014, tiene un sueldo mensual de $6,000.00 y lo despidieron el 10 de mayo de 2017.
Indemnización de 3 meses= 3 meses x $6,000.00 = $18,000.00
Prima de antigüedad= Jorge tiene una antigüedad de 3 años y 38 días.
$6,000.00 / 30= $200.00 (excede de 2 salarios mínimos, entonces se tomará en cuenta el monto de $160.08.
12 x 160.08= $1,920.96 por cada año. $1,920.96 x 3= $5,762.88
Ahora sacaremos la parte proporcional de los 38 días= 38 días trabajados / 365 días delaño=0.105
El factor de antigüedad será 0.105, el cual multiplicaremos por $1,920.96 que es el monto y nos da la cantidad de $199.89 + 5,762.88= $5,962.77
Aguinaldo= días trabajados en el año 2017= 130 días
Sacaremos la parte proporcional:
$6,000.00 / 30= $200.00
15 x $200.00= $3,000.00 x 130 días trabajados / 365 del año= $1,068.49
Vacaciones= Jorge de acuerdo a su antigüedad de 3 años y 38 días, ya tenía derecho a 10 días de vacaciones y una parte proporcional de 1 día, 11 días x $200.00= $2,200.00
Prima vacacional= $2,200.00 x 25%= $550.00
Total a pagar= $27,781.26 M/N
Debemos de tomar en cuenta que cada caso es distinto dependiendo de las condiciones laborales y prestaciones con las que se cuentan en la fuente de trabajo, más aún y se adeuda el pago de alguna de ellas, así como la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR), por ello te invitamos a acercarte a nosotros si tienes alguna duda y en su caso deseas que te representemos.
Soy pensionado del issste, y en la pension no se incluye la compensación garantizada por no aportar al servicio medico. se que los magistrados sacaron una jurisprudencia para no pagarnos esa compensación.